Capítulo
III: El fundamento de la distinción de todos los objetos en general en
fenómenos y noúmenos
El
territorio del entendimiento es una isla que ha sido encerrada por la misma
naturaleza entre límites invariables. Es el territorio de la verdad –un nombre
atractivo- y está rodeado por un océano ancho y borrascoso, verdadera patria de
la ilusión, donde algunas nieblas y algunos hielos que se deshacen prontamente
producen la apariencia de nuevas tierras y engañan una y otra vez con vanas
esperanzas al navegante ansioso de descubrimientos, llevándolo a aventuras que
nunca es capaz de abandonar, pero tampoco puede concluir jamás.
Reglas
del entendimiento: la fuente de toda verdad (concordancia del conocimiento con el
objeto)à
contiene el fundamento de posibilidad de la experiencia, considerada ésta como
conjunto de todo conocimiento en el que se nos puede dar objetos. Uso con referencia a los fenómenos y no a las
cosas en sí.
Lo
más que puede hacer a priori el entendimiento es anticipar la forma de una
experiencia posible.
El
pensar es el acto de referir un objeto a una intuición dada. No es posible
pensar con las categorías solas.
En
(A):
Como
los fenómenos no son más que representaciones, el entendimiento los refiere a
un algo como objeto de la intuición sensibleà
el objeto trascendental (de lo que nada sabemos ni nada podemos saber). Solo
sirve para dar unificar la diversidad en el concepto de un objeto. Es la representación de los fenómenos bajo el
concepto de un objeto. Noúmeno: solo el entendimiento puede pensarlo. El
concepto de fenómeno tiene que corresponder a algo que no sea fenómeno en sí
mismo. Es el concepto de algo en general y que hace abstracción de toda forma
sensible.
El noúmeno el
pensamiento lo presupone para poder unificar la diversidad (así crea la idea de
un objeto trascendental). La base de esta presuposición es la conciencia de que
el fenómeno es un objeto sensible pero no en sí mismo, pero que hace referencia
a este último. Lo pensamos pero le despojamos de toda sus condiciones sensibles
(precisamente para pensarlo como noúmeno)
En (B):
Cuando
damos a ciertos objetos el nombre de fenómenos (sensibles) implica que los
oponemos a otras entidades que son pensadas por el entendimiento, llamándolas
entes inteligibles (noúmenos). Si lo
entendemos como una cosa que no es objeto de la sensibilidad, es un sentido
negativo (abstracción de la intuición). No tiene validez objetiva. No podemos
demostrar la posibilidad de una cosa partiendo de la simple no contradicción
del concepto de la misma.
Concepto
de nóumeno: El de una cosa que ha de ser pensada como cosa en sí misma y no
como objeto de los sentidos. Marca las
limitaciones de la sensibilidad. Lo que
está fuera del campo de los fenómenos es (para nosotros) vacío.
El
entendimiento solo puede pensar el noúmeno bajo el nombre de un objeto
desconocido. Las categorías no se refiere a este porque solo pueden referirse a
algo de la intuición.
La
sensibilidad y el entendimiento tiene que actuar en conjunto. No es válido la
separación del mundo sensible y el mundo inteligible.
En esta parte
parece que cambia de uso para el noúmeno, ya no como ese algo que sirve de base
para dar unidad a la sensibilidad sino como un concepto límite que sirve para
mostrar las limitaciones de nuestros conocimientos, más que para declararlo
como algo existente.
Apéndice:
La anfibología de los conceptos de reflexión: A causa de una confusión del uso
empírico del entendimiento con el trascendental.
Reflexión:
Estado del psiquismo en el que nos disponemos a descubrir las condiciones
subjetivas bajo las cuales podemos obtener conceptos.
Reflexión
trascendental: distinción de si un juicio pertenece al entendimiento o a la
sensibilidad. (un deber para formular
juicios a priori).
(Todo
es pensando en oposición a las monadas (objetos del pensamiento) de Leibniz)
1.Identidad
y diferencia:
Numerica
identitas: Si un objeto se nos presenta muchas veces y siempre con las mismas
determinaciones internas ( cualidad y cantidad)à
si lo consideramos como objeto del entendimiento puro
Fenómeno:
por muy igual que sea, la diferencia de lugares a un mismo tiempo justifica
suficientemente la diferencia numérica del objeto. La pluralidad y la
diferencia numérica viene ya dadas por el espacio mismo como condición de los
fenómenos externos.
2.
Concordancia y oposición:
lo
real del fenómeno puede hallarse en oposición (anularse total o parcialmente
sus consecuenciasà
ej: placer y dolor).
3.
Lo interior y lo exterior:
El
fenómeno es un conjunto de simple relaciones. Solo conocemos la sustancia en el espacio a
través de las fuerzas que actúan en el mismo (atracción, repulsión,
impenetrabilidad).
4.
Materia y Forma:
Materia:
Lo determinable. Forma: su determinación
En
los juicios: Materia: concepto dado; forma: relación de tales conceptos.
En
todo ser, la materia está constituida por los elementos que la componen. El
modo según el cual se hallan ligados en una cosa es la forma esencial.
Cosas:
Realidad ilimitada considerada como la materia de toda posibilidad. Limitación
de las cosas (negación): forma mediante la cual una cosa se distingue de otra.
Para
los categorías, la materia precede a la forma. En los fenómenos, la forma de la
intuición es supuesta para la posibilidad de la materia.
Observación
sobre la anfibología de los conceptos de reflexión
Lugar
trascendental: Sitio que asignamos a un concepto en la sensibilidad o en el
entendimiento puro.
Tópico
trascendental: Estimación del sitio correspondiente a cada concepto según la
diferencia de su uso, o según reglas (para evitar ilusiones)
Anfibología
trascendental: confusión del objeto del entendimiento puro con el fenómeno.
No
se puede reunir toda la realidad en un ser, sin temor a oposición alguna.
Materia:
lo que le corresponde lo busco en todas partes del espacio que ocupa y en todos
los efectos que ocasiona. Lo
absolutamente interior a la materia es una quimera (todo está en relaciónà interior: lo que no está
en relación con otro objeto)
La
cuestiones trascendentales que desbordan la naturaleza nunca podríamos
contestarlas con todos nuestros medios. Ni siquiera podemos conocernos a
nosotros mismos (solo nuestro sentido interno en tanto fenómeno).
Un
fenómeno permanente en el espacio (extensión impenetrable) puede no contener
más que relaciones, sin nada absolutamente interior, y ser, no obstante, el
sustrato primario de todas las percepciones.
La materia que conocemos son puras relaciones.
Fenómeno:
relaciones de algo en general con los sentidos.
Nóumeno:
representación de una cosa cuya posibilidad no podemos ni afirmar ni negar. Es
el problema de saber si es que puede haber objetos completamente independientes
de la intuición sensible.
El
concepto supremo con el que suele empezar una filosofía trascendental es la
división en lo posible y lo imposible.
Distinción:
Objeto algo o nada
1. A
los conceptos de todo, mucho y uno se opone el que lo suprime todo (ninguno).
No tiene intuición (ej: nóumeno). No hay que considerarlo imposible (ens
rationis).
2.
Realidad es algo, negación es nada. Concepto de falta de objeto (ej: sombre,
frío). Nihil privativum
3. La
mera forma de la intuición no es en sí mismo un objeto, sino la mera condición
formal de éste. Espacio y tiempo (ens imaginarium)
4.
El objeto de un concepto que se contradice a sí mismo es nada. Lo imposible.
Nihil negativum
à Nada:
1.
Concepto vacío sin objeto (ente de razón)
2.Objeto
vacío de un concepto: Nihil privativum
3.
Intuición vacía sin objeto: ens imaginarium
4.Objto
vacío sin concepto: Nihil negativum
1 y
4: conceptos vacíos. El 1 no puede incluirse entre las posibilidades (ficción,
no contradictorio). El 4 se opone a la posibilidad, se autosuprime.
2 y
3: en ausencia de algo real, ni la negación ni la simple forma de la intuición
constituyen objetos.
Lógica trascendental
Segunda división: Dialéctica trascendental
Introducción:
I.
La ilusión trascendental
Dialéctica:
lógica de la ilusión
Ni
la verdad ni la ilusión se hallan en el objeto en cuanto intuido, sino en el
juicio sobre éste en cuanto pensando.
Los sentidos no se equivocan, porque no juzgan. El error se halla en el
juicio, es decir, en la relación del objeto con nuestro entendimiento. En un
conocimiento enteramente concordante con las leyes del entendimiento, no hay
error. Entonces, ni en el entendimiento por sí solo (solo actúa de acuerdo a
sus leyes (forma de toda verdad)) ni en los sentidos por si mismos (no hay
juicio) hay error.
El
error sólo es producido por el inadvertido influjo de la sensibilidad sobre el
entendimiento. Hay un desvío. Para resolverlo, hay que separar las dos fuentes
mediante la reflexión trascendental.
Se refiere a
que por ejemplo se dan como verdaderas ciertas “leyes” empíricas, por ejemplo.
Ilusión
trascendental: Influye en principios no empíricos con el espejismo de una
ampliación del entendimiento puro. Ordena sobrepasar porque hay en nuestra razón
reglas básicas y máximas para aplicarla que tiene todo el aspecto de principios
objetivos. Se toma la necesidad subjetiva de cierta conexión de nuestros
conceptos con una necesidad objetiva de determinación de las cosas en sí
mismas. Hay una inevitable dialéctica de la razón pura.
Principios
inmanentes: Aplicación a la experiencia posible. Principios trascendentes:
Sobrepasan esos límites. Distinto a lo trascendental porque hay abuso de las
categorías.
La
dialéctica trascendental se conformará con detectar la ilusión de los juicios
trascendentes y con evitar que nos engañen.
II.
La Razón pura como sede de la ilusión trascendental
A.
La Razón en general
Todo
nuestro conocimiento comienza en los sentidos, pasa de éstos al entendimiento y
termina en la razón, para someterla a la suprema unidad del pensar.
Usos
de la razón: formal (lógica)à
hace abstracción de todo contenido del conocimiento. Realà encierra el origen de
ciertos conceptos y principios que no toma ni los sentidos ni del
entendimiento. Facultad lógica y
facultad trascendental.
Razón:
facultad de los principios (conocimientos universales a priori). Distinto
entendimiento (facultad de las reglas).
Conocimiento
por principios: Aquel en el que, por medio de conceptos, conozco lo particular
en lo universal.
El
entendimiento es incapaz , a partir de conceptos, de suministras conocimiento
sintéticos (principios en sentido propio)
Si
el entendimiento es la facultad de la unidad de los fenómenos mediante reglas,
la razón es la facultad de la unidad de las reglas del entendimiento bajo
principios. La razón nunca se refiere
directamente a la experiencia o a algún objeto, sino al entendimiento, a fin de
dar unidad a priori, mediante conceptos, a los diversos conocimientos de éste
(unidad de la razón).
B.
El uso lógico de la Razón
Distinción
entre lo inmediatamente conocido y lo que simplemente es inferido. En todo
razonamiento, hay un proposición que sirve de base y otra, la conclusión, que
es extraída de ella; finalmente, está la inferencia (consecuencia) en virtud de
la cual la verdad de la última queda indefectiblemente ligada a la verdad de la
primera.
Inferencia
del entendimiento: Inmediata: se da una proposición e inmediatamente se infiere
algo.
Inferencia
de la razón: para producir una conclusión, hace falta otro juicio, además del
conocimiento que sirve de base. Al inferir, la razón intenta reducir la enorme
variedad del conocimiento del entendimiento al menor número de principios
(condiciones universales), con el fin de producir la suprema unida de las
mismas. Intenta subsumir bajo una premisa un número de juicios. De una premisa
(regla) sale bastantes conclusiones (silogismo).
C.
El uso puro de la Razón
La
diversidad de las reglas y la unidad de los principios es una exigencia de la
razón tendente a obtener una total concordancia del entendimiento consigo
mismo. Es una ley subjetiva. La unidad
de la razón no es la unidad de la experiencia posible.
La
razón busca lo incondicionado del conocimiento condicionado del entendimiento,
aquello con lo que la unidad de éste queda completa. Lo condicionado no se
refiere a lo incondicionado. De lo incondicionado debe salir proposiciones
sintéticas a priori.
El principio de
la razón es dar una premisa incondicionada y subsumir consecuencias en él.
Cuando ya se ha subsumido todo en una premisa, se llega a lo incondicionado.
Principio sintético porque en lo condicionado no se halla lo incondicionado.
Principio
supremo de la razón pura: trascendentalesà
jamás se podrá hacerse de él uso empíricamente adecuado.
Libro
Primero: Los conceptos de la Razón Pura
Concepto
de la razón: Un conocimiento del que todo conocimiento empírico es sólo una
parte; aunque ninguna experiencia real llegue plenamente a tal conocimiento,
siempre pertenece a él. Contiene lo
incondicionado, donde está comprendido toda experiencia, pero si ser nunca un
objeto de experiencia. Sí poseen validez objetiva: conceptos correctamente
inferidos, sino conceptos sofísticos.
Conceptos
de la razón pura: ideas trascendentales
Sección
primera: Las Ideas en general
Platón:
Ideaà
No se halla una experiencia algo que concuerde con la idea. Arquetipos de las
cosas mismas, no como las categorías. Surgían de la razón suprema. Nuestra capacidad cognitiva experimenta una
necesidad muy superior a la experiencia. El terreno preferente donde halló sus
ideas: lo práctico. La libertad, el producto genuino de la razón. El orden
natural en su totalidad sólo es posible de acuerdo con Ideas.
Clasificación
a las representaciones:
Género:
la representación en general
Representación
con conciencia: percepción
Percepción
que se refiere exclusivamente al sujeto, como modificación del estado de éste:
sensación
Conocimiento:
Intuición (inmediatamente al objeto y singular) + concepto (mediato,
características que pueden ser común a muchas cosas)
Concepto:
empírico o puro (si se origina en el entendimiento: noción)
Idea
o concepto de razón: concepto formado por nociones y que rebasan la posibilidad
de la experiencia.
Sección
segunda: Las Ideas Trascendentales
Función
de la razón: universalidad del conocimiento conceptual
En
un silogismo, el primera premisa busca tener una extensión máxima con relación
a una condición (universalidad. Ej: todos los hombres son mortales), es la
totalidad de las condiciones. El
concepto trascendental de la razón es la de la totalidad de las condiciones de
un condicionado dado: Lo incondicionado hace posible la totalidad de las
condiciones (siempre incondicionada).
Los
conceptos de la razón pura serán tantos cuantos sean las clases de relación que
el entendimiento se representa por medio de las categorías: 1. Síntesis
categórica en un sujeto (sujeto-predicado)à
sujeto que ya no es predicado. 2. Síntesis hipotética de los miembros de una
serie (fundamento-consecuencia)à
suposición que no supone nada más. 3. Síntesis disyuntiva de las partes de un
sistema (comunidad donde los miembros no estén incluidos dentro de otros pero
en sí forman un conjunto)à
Un agregado de los miembros de la división donde nada falta para completar la división
de un concepto .
Son
necesarios estos conceptos como proyecto que prosigue la unidad del entendimiento
hasta lo incondicionado, para ampliar al máximo su uso, así poniéndose en
perfecta armonía consigo mismo. Solo se
refiere al uso del entendimiento y no en el sentido de fundamento de la
experiencia sino como proyecto de unidad.
Absoluto:
Válido sin restricciones. Posible desde cualquier aspecto
Unidad
de la razón= unida de los fenómenos
Idea:
concepto necesario de la razón que no puede darse en los sentidos un objeto
correspondiente. Contemplan todo conocimiento empírico como determinado por una
absoluta totalidad de condiciones. Problema carente de toda solución. Constituye
la condición indispensable de todo uso práctico de la razón. Unidad de
todos los fines posibles à
norma para todo lo práctico. Posibilita el paso de los conceptos de la naturaleza
a los prácticos.
Razón:
capacidad de inferir (juzgar mediatamente)à
Subsumiendo la condición de un juicio posible bajo la condición de un juicio dado.
Lo dado: Mayor (regla universal)à
se verifica en un caso la condición de la regla. Toda serie cuyo exponente
estado dado, puede prolongarse. Prosilogismo: serie ascendente, que puede
prologarse indefinidamente. Así el conocimiento, la conclusión, viene dada como
meramente condicionado y solo pudiendo acceder a él mediante la razón. (el
ejercicio de la regla en el caso señalado). Se tiene que suponer lo
incondicionado, de esta manera, para que sea verdadera la conclusión. Así la razón determina a priori su
conocimiento y lo proclama como necesario.
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